martes, 8 de noviembre de 2016

Que se cumplan los derechos de las personas con Diversidad Funcional (discapacidad) por parte del Alcalde de Navas del Rey.

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El pasado día 14 de octubre de 2016 me presente en el ayuntamiento de Navas del Rey, para preguntar por el escrito que presenté en mayo del mismo año en el que solicitaba una plaza de estacionamiento para personas con movilidad reducida frente a la puerta de mi domicilio. A lo que me dicen que pregunte por la concejala Doña Isabel Romero Sánchez. Preguntando a esta me dice que espere un momento (10 min.) que el Sr. Alcalde Jaime Peral Pedrero venia hacia el ayuntamiento tras llamarle la concejala.

Una vez que llegó al ayuntamiento pasa a un despacho y me invita a que entre y me indica que me siente en donde quiera en una mesa de juntas. Tras sentarnos, le pregunte por el motivo por el que aún no se me ha contestado a mis escritos ni puesto dicha plaza. A la que me contesta que seguramente no me la va a conceder, porque él cree que no soy merecedor de la tarjeta ni del grado de discapacidad concedida por varios expertos médicos y múltiples informes médicos de todos mis especialistas. “creo que no debo ni quiero dar explicaciones a nadie que no sea los servicios médicos que me han revisado varias veces, pasando del 40% al 56% y por último al 67% permanente con movilidad reducida.”

En el mes de junio o julio hable del tema con otra concejala “Doña a Susana Peña García” y me dijo que yo no era propietario cuando me empadrone en la localidad y pregunte me dijeron que la condición para concederse dicha plaza era estar empadronado y no tener una plaza de garaje en propiedad.

Condiciones que en mi caso cumplo, a título informativo le comunique a dicha concejala lo que decía la ley en el Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, en su articulo Artículo 7. Derechos de los titulares y limitaciones de uso. 1. Los titulares de la tarjeta de estacionamiento tendrán los siguientes derechos en todo el territorio nacional siempre y cuando exhiban de forma visible la tarjeta en el interior del vehículo:
a) Reserva de plaza de aparcamiento, previa la oportuna solicitud a la administración correspondiente y justificación de la necesidad de acuerdo con las condiciones que establezcan las administraciones autonómica o local, en lugar próximo al domicilio o puesto de trabajo. La plaza deberá señalizarse con el símbolo internacional de accesibilidad.
b) Estacionamiento en los lugares habilitados para las personas con discapacidad.
c) Estacionamiento en las zonas de aparcamiento de tiempo limitado durante el tiempo necesario, sin perjuicio de lo previsto en la disposición transitoria tercera.
d) Parada o estacionamiento en las zonas reservadas para carga y descarga, en los términos establecidos por la administración local, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.
e) Parada en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico y de acuerdo con las instrucciones de los agentes de la autoridad.
f) Acceso a vías, áreas o espacios urbanos con circulación restringida a residentes siempre que el destino se encuentre en el interior de esa zona. 2. La posesión de la tarjeta de estacionamiento en ningún caso supondrá autorización para estacionar en zonas peatonales, en pasos peatonales, en los lugares y supuestos en que esté prohibido parar, lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia, zonas acotadas por razones de seguridad pública y espacios que reduzcan carriles de circulación.
Y comentando a la concejala Doña Susana Peña García que el artículo nº 4 de esta misma ley. Diciéndole que en el ámbito nacional por cada veinticuatro plazas de estacionamiento debía de haber una para discapacitado.
En lo que el Sr Alcalde Jaime Peral Pedrero menciono que había leído la ley y que si tenía que poner una plaza por cada 24 plazas en la localidad las pondría en el polígono industrial y que fuera allí a estacionar.  Sé que no ha leído esta ley ya que una nueva lectura que realice habla de 40 y no 24 plazas normales. Un error que cometí al hablar con la Sra. concejala Susana Peña García por problemas de memoria.
Artículo 5. Plazas de aparcamiento reservadas para personas titulares de la tarjeta de estacionamiento.
Los principales centros de actividad de los núcleos urbanos deberán disponer de un mínimo de una plaza de aparcamiento reservada y diseñada para su uso por personas titulares de la tarjeta de estacionamiento por cada cuarenta plazas o fracción, independientemente de las plazas destinadas a residencia o lugares de trabajo. Estas plazas deberán cumplir las condiciones reglamentariamente previstas.
Los ayuntamientos, mediante ordenanza, determinarán las zonas del núcleo urbano que tienen la condición de centro de actividad.
Después de estas amenazas a mi entender, me dijo que su padre era discapacitado, que era parapléjico y que él no tenía la plaza para estacionar. Mi falta de reflejos en el momento debido a mis problemas y pensé cuando ya me encontraba en la calle que tenía que haberle dicho que su padre tiene  todo el derecho a solicitarlo y eso no era razón para negársela a otro vecino.
Continuando la conversación hablamos de los fraudes que se habían cometido anteriormente que nos perjudicaba a los discapacitados por lo que se nos veía como privilegiados, comentandole yo, el famoso caso de la madre de la “Jesulina” a lo que él me dice que no hay que irse muy lejos, sorprendiéndome, diciéndome que era mi caso,  “tú ya sabes …” esto dijo en modo de amenaza, no sé a qué se refiere, tal vez crea que no tenemos derecho a disfrutar de las fiestas de intentar hacer una vida lo más parecida a la que hace una persona normal, aunque esto nos lleve a pasar varios días en cama, las personas con discapacidades intentamos vivir nuestras vidas con la mayor intensidad ya que nuestra fecha de caducidad esta más cercana y esto nos lleva a intentar vivir la vida como si fuera el ultimo día si la salud no lo permite, que sabrá él cuales son mis problemas de salud.
Le solicite que por favor me informara de la resolución por escrito, igual que yo había hecho un escrito al ayuntamiento solicitando la plaza. Me dijo que él no tenía miedo a la justicia, a lo que le respondí que nadie debe de tener miedo a la justicia.  También  hablamos de las aceras colapsadas por mesas de los bares sin dejar pasar a las personas con discapacidad, caso que me sucedió en fiestas teniendo que transitar por la calzada en el restaurante de su familia y entendimos que no había intención alguna y que quizás los clientes por estar juntos las colocaran impidiendo el paso. Que hablaría con su familia para que no permitieran ocupar toda la acera, y la de otro restaurante en la que colocaron en fiestas en varios días diferentes mesas con sillas en una de las pocas plazas de discapacidad que hay en el centro del pueblo. Creo que en un pueblo pequeño en el que funciona “el corre ve y dile”. Al declararme con diferencias políticas muy diferentes a las de él, procediendo anteriormente de su partido, es lo que ha provocado este trato, Repito por ultimo “los discapacitados no debemos de mostrar nuestras discapacidades para justificarlas ni dar explicaciones a ningún comisario político de porque hacemos la vida que hacemos o la que no podemos hacer”.
Según el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Recomiendo a la señora Presidenta de la Comunidad de Madrid que debido a la gravedad de los hechos y aplicando el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y La propia Ley 51/2003, de 2 de diciembre. Proceda a hablar con dicho alcalde en que cese su hostilidad hacia mí y proceda a ubicar la plaza de estacionamiento en la puerta de mi domicilio con dos placas. Así si dentro de 5 años cambio de domicilio las podrá retirar u colocar en otro lugar.

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