domingo, 28 de enero de 2018

El Supremo obliga a las administraciones a que no segreguen a los estudiantes con discapacidad (eldiariodelaeducacion.com)

Las familias con hijos e hijas con discapacidades han recibido una buena noticia y dado un paso adelante en la defensa de sus derechos. El Tribunal Supremo acaba de notificar una sentencia por la que, además de dar la razón a una familia en su lucha por la escolarización de su hijo en un centro educativo ordinario en La Rioja, entra de lleno por primera vez en la cuestión del derecho a la educación inclusiva en todo su espectro, desde el acceso a la permanencia.

El Supremo establece en su sentencia que las administraciones educativas están obligadas a lograr la plena inclusión de los alumnos con discapacidad, que la escolarización ha de hacerse sí o sí en un centro ordinario excepto en casos realmente excepcionales y que debe mantenerse así, realizando las “modificaciones y adaptaciones (…) necesarias y adecuadas”, excepto si resultan una “carga desproporcionada o indebida”, que en ningún caso significa agotar las medidas disponibles sino las posibles.

Nada nuevo bajo el sol, puede pensar alguien que conozca la normativa vigente española, que ya contempla esta manera de proceder. El problema es que en estos casos en España muchas veces la ley va por un lado y la realidad por otro completamente diferente, y ahora las familias tendrán una sentencia del Supremo que puede sentar jurisprudencia y a la que apelar en caso de conflicto. En España había en el curso 2014-15 un total de 173.797 alumnos con algún tipo de discapacidad, de los que 34.349 están escolarizados en centros de educación especial (un 19,7%), según datos del Cermi. Uno de cada cinco no parece que sea algo excepcional.

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Más:
http://mareaverdemadrid.blogspot.com.es/2018/01/el-supremo-obliga-las-administraciones.html

domingo, 7 de enero de 2018

Comunicado de Salud Mental PODEMOS sobre el anuncio de Campofrío



Desde Salud Mental Podemos, consideramos que el nuevo anuncio de Campofrío muestra una visión distorsionada del colectivo de personas con enfermedad mental. En este aparecen toda una serie de imágenes que reflejan los prejuicios de una sociedad que estigmatiza a un colectivo maltratado. Se emplea un lenguaje burlesco y se habla, por ejemplo, de “esquizofrenia banderil” en tono de risa, desconociendo el daño que puede hacer un diagnóstico en esta sociedad.

Mostrar una imagen frívola acerca de los ingresos psiquiátricos y el uso de camisas de fuerza denota el desconocimiento social de esta realidad. Hoy en día, se siguen aplicando medidas coercitivas como la contención mecánica, denunciada desde el grupo de Salud Mental Podemos y el activismo mental, estas medidas suponen una experiencia traumática para las personas que la sufren.


Anuncios como este potencian toda una serie de estereotipos que pueden obstaculizar la inclusión del colectivo al verse vulnerado el artículo 8 de la Convención de personas con discapacidad al trasladar una imagen de estas personas incompatible con el propósito de dicha Convención.


Entendemos que desde Campofrío no han sido conscientes del daño que podían causar con esta ficción, pero consideramos que con el fin de contribuir a una sociedad más justa e inclusiva tendrían que retirar su anuncio tal y como piden desde los colectivos en primera persona y las asociaciones de personas con enfermedad mental.



Salud Mental PODEMOS.

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